martes 01 marzo 2005

Consideraciones y propuestas sobre la Constitución Europea

Categoría: No Violencia y Paz

 


Febrero 2005

En el extenso y complejo texto de la Constitución europea, se dedica un amplio espacio a las políticas de defensa comunitarias y no comunitarias, sobre las cuales, la Secretaría de Paz y No-Violencia hace llegar las siguientes consideraciones y propuestas:

1. Función del Parlamento europeo

Se consultará periódicamente al Parlamento Europeo sobre los aspectos principales y las opciones fundamentales de la política común de seguridad y defensa. Se le mantendrá informado de la evolución de la misma. (Artículo I – 41, Párr.8)
El Parlamento europeo, elegido por los ciudadanos, es reducido a un papel meramente consultivo, cual espectador que puede, en ocasiones, dar su opinión, pero no dispone de ningún poder de decisión. La política de defensa comunitaria es definida por el Consejo europeo, que está compuesto por los jefes de estado o de gobierno de los Estados miembros: “El Consejo Europeo nombrará (..) al Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión. (..) El Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión estará al frente de la política exterior y de seguridad común de la Unión”. (Artículo I-28, párrafos 1 y 2)

2. Intervenciones militares

¿Quien decide la posibilidad de una intervención militar? Ningún parlamento nacional. El artículo III – 297, párr. 1 y 2 cita: ”Cuando una situación internacional exija una acción operativa de la Unión, el Consejo adoptará las decisiones europeas necesarias. Estas decisiones fijarán los objetivos, el alcance y los medios que haya que facilitar a la Unión, así como las condiciones de ejecución de la acción y, si es necesario, su duración.(..)
Las decisiones europeas contempladas en el apartado 1 serán vinculantes para los Estados miembros al adoptar su posición y al llevar a cabo su acción.

Por lo tanto, nadie podrá oponerse a una intervención, aun cuando la opinión pública de un país o la de todos los de la Unión, estén en contra de ella. La creación de un ejército europeo no tiene como única finalidad la defensa de Europa, sino la de poder intervenir en cualquier lugar del mundo: La Unión puede usar sus activos (civiles y militares) en misiones fuera de la Unión para el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y el refuerzo de la seguridad internacional: “La política común de seguridad y defensa forma parte integrante de la política exterior y de seguridad común. Ofrecerá a la Unión una capacidad operativa basada en medios civiles y militares. La Unión podrá recurrir a dichos medios en misiones fuera de la Unión que tengan por objetivo garantizar el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y el fortalecimiento de la seguridad internacional (..)” (Artículo I – 41, Párr.1).

El artículo III – 309 dice: “Las misiones contempladas en el apartado 1 del artículo I-41, en las que la Unión podrá recurrir a medios civiles y militares, abarcarán las actuaciones conjuntas en materia de desarme, las misiones humanitarias y de rescate, las misiones de asesoramiento y asistencia en cuestiones militares, las misiones de prevención de conflictos y de mantenimiento de la paz, las misiones en las que intervengan fuerzas de combate para la gestión de crisis, incluidas las misiones de restablecimiento de la paz y las operaciones de estabilización al término de los conflictos. Todas estas misiones podrán contribuir a la lucha contra el terrorismo, entre otras cosas mediante el apoyo prestado a terceros países para combatirlo en su territorio."
Esta última parte, aunque imprecisa, parece mostrar un claro apoyo a la política de Bush, con las horribles consecuencias de su Guerra preventiva, la violación de los derechos humanos más básicos (como es el caso de Guantánamo y el escándalo de las torturas en Irak y Afganistán) y las intervenciones militares disfrazadas de misiones humanitarias.

3. Relaciones con la OTAN

En lo referente a las relaciones con la OTAN (no todos los países europeos forman parte de ella) afirma que: “La política de la Unión con arreglo al presente artículo no afectará el carácter específico de la política de seguridad y defensa de determinados Estados miembros, respetará las obligaciones derivadas del Tratado del Atlántico Norte para determinados Estados miembros que consideran que su defensa común se realiza en el marco de la Organización del Tratado del Atlántico Norte y será compatible con la política común de seguridad y defensa establecida en dicho marco (Artículo I – 41, Párr.2).
Efectivamente, en ningún sitio se especifica que los estados miembros estén “obligados” a permanecer en la OTAN, pero al mismo tiempo, un texto constitucional que cita expresamente la afiliación de países a la OTAN, en lugar de hacer observar una compatibilidad genérica entre la defensa comunitaria europea y los tratados de defensa previamente ratificados, prácticamente refuerza y avala la adhesión de los países a la OTAN.
En realidad, se dice que la UE quiere hacer una política de defensa común, pero, al mismo tiempo, la expone a la posibilidad de poner en dificultades a los países de la Unión que están en la OTAN en caso de que persistiera un conflicto de opiniones entre la OTAN y la UE, lo que empujaría a toda la UE a adoptar las decisiones de la OTAN.

Además, la OTAN impone a sus miembros el principio de defensa mutua, que fue invocado por ejemplo, para justificar la intervención en Afganistán. De acuerdo a este principio, los países de la UE que están en la OTAN, podrían entrar en confrontación directa con terceros países y ser, por tanto, atacados por éstos. Llegados a este punto, el principio de ayuda mutua, decretado por la Constitución Europea, y expresado en el artículo 1-41- Párr. 7 entra en juego (“Si un Estado miembro es objeto de una agresión armada en su territorio, los demás Estados miembros le deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance”.)
Lo cual nos lleva directamente a una espiral incontrolable de ataques y contraataques, con la obligación de intervenir para defender a un estado, aún cuando no se comparta su política exterior.

4. Agencia Europea de Defensa

Pero las obligaciones no terminan aquí: De acuerdo al artículo I – 41, Párr.3, “Los Estados miembros se comprometen a mejorar progresivamente sus capacidades militares. Se crea una Agencia en el ámbito del desarrollo de las capacidades de defensa, la investigación, la adquisición y el armamento (Agencia Europea de Defensa) para identificar las necesidades operativas, fomentar medidas para satisfacerlas, contribuir a identificar y, en su caso, a aplicar cualquier medida oportuna para reforzar la base industrial y tecnológica del sector de la defensa, para participar en la definición de una política europea de capacidades y de armamento, así como para asistir al Consejo en la evaluación de la mejora de las capacidades.

El artículo III – 311 especifica que esta agencia se comprometerá, por ejemplo a “apoyar la investigación sobre tecnología de defensa”, pero también a “contribuir a identificar los objetivos de capacidades militares de los Estados miembros y a evaluar el respeto de los compromisos de capacidades contraídos por los Estados miembros”

Un maravilloso horizonte para las multinacionales dedicadas al armamento -muchas de las cuales son europeas-, y una pesada hipoteca para el futuro, pues los crecientes fondos asignados a la mejora de las capacidades militares serán sustraídos de los que previamente fueron destinados a educación y sanidad, a combatir el desempleo y la pobreza, así como a la cooperación internacional.

B. Conclusiones

En vez de rechazar con claridad la Guerra como medio para resolver conflictos, esta constitución europea considera las intervenciones militares como herramientas políticas válidas.
No promueve el desarme, la reconversión de las fábricas de armas ni la búsqueda del diálogo y de las soluciones no militares, sino que apoya la industria militar y la investigación para crear más y más armas mortales.
Declara su intención de elaborar una estrategia común e independiente de defensa, pero, en la práctica, está de acuerdo con la estrategia militar de los Estados Unidos, de consecuencias alarmantes para la paz y el respeto por los derechos humanos en el mundo.
Para concluir, esta constitución es contraria a la sensibilidad de millones de ciudadanos europeos que en los últimos años han expresado claramente su oposición a la guerra y a cualquier tipo de violencia.

C. Propuestas para una táctica europea diferente

El presupuesto de defensa de la Unión Europea en total es de 160 billones de Euros. Los gastos militares en el mundo alcanzan 956 billones de dólares, y la mitad de ellos son de Estados Unidos solo. El gasto del tráfico de armas en un año es más de lo que bastaría para cumplir los objetivos del milenio, firmados por 189 países miembros de la ONU (para antes del 2015 atajar el hambre, la pobreza y la mortalidad infantil, dar a todos la posibilidad de educación primaria, promover la igualdad de género, dar más autoridad a las mujeres, mejorar las condiciones de la maternidad, superar plagas como el SIDA, la malaria, y otras enfermedades, y frenar el deterioro ambiental).
Si el 10% de los gastos militares se destinara a fondos de desarrollo, las necesidades urgentes que atormentan al mundo estarían satisfechas. Estas intervenciones son mucho más eficaces para luchar verdaderamente contra el terrorismo que la estrategia militar explicada en los artículos mencionados.

Nuestras propuestas entonces, llevan una dirección opuesta a la de la Constitución europea actual:

- Introducir en el texto de la constitución el rechazo a la guerra como forma de solución de conflictos internacionales y el reconocimiento de la paz como derecho básico de los pueblos y de los individuos.
- Salir de la OTAN, la cual es claramente un instrumento para los
planes imperialistas.
- Definir una estrategia de política exterior europea que incluya:
La retirada de todas las tropas invasoras, de los territorios ocupados
La búsqueda del diálogo y la intermediación diplomática como medios de resolución de conflictos
El desarme progresivo
La reconversión de fábricas de armas
Cancelar la deuda externa y destinar el 3% del producto interior bruto nacional a desarrollar intervenciones de apoyo, a condición de que los países que reciban esas ayudas las canalicen hacia el campo de la salud, la educación y el medio ambiente.
El logro de los compromisos del Fondo Global contra malaria, SIDA y tuberculosis.
Reducción de fondos para la Agencia Europea de Defensa y su uso como instrumento de coordinación para apoyar e implementar resoluciones de la ONU.
Iniciar mecanismos de presión para asegurar el respeto a las resoluciones de las Naciones Unidas