Donnerstag 27 Januar 2005

SOBRE EL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN EUROPEA

Kategorie: Europe and Human Rights

Von: Europe and Human Rights Secretary


APORTE DE LA SECRETARÍA EUROPA Y DERECHOS HUMANOS
SOBRE EL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN EUROPEA

 

1.

Antes de todo, hay que decir que el proceso de elaboración del proyecto de la Constitución europea no fue democratico. De hecho, el proyecto fue elaborado por un grupo de personas nombrado por los gobiernos europeos (Conferencia Inter Gobernamental), que, a la sazón, eran casi todos de partidos de centro derecha o de derecha. Eso llevó a que el proyecto de la Constitución Europea refleje sobre todo la sensibilidad de esas personas (y de su campo político) que participaron en su elaboración. Evidentemente, eso no es lo mismo que una Constitución que es debatida en un parlamento representativo del pluralismo politico de una determinada sociedad. Sabiendo de este “pecado original”, casi todos los gobernantes europeos trataron de comprometerse a realizar referendums en sus paises, de manera a conferirle a posteriori a la Constitución el caracter democratico que no tiene congenitamente. Por otra parte, el proyecto de Constitución es también el resultado de un dificil consenso entre muchos paises, con sus idiosincrasias nacionales, algunos de ellos fundadores de la Unión Europea y otros que recién adhirieron a ella, algunos ricos y otros pobres, algunos grandes y otros pequeños, algunos alineados y otros neutrales, por lo que su texto es también el compromiso posible entre esas diversas posiciones y correspondientes miradas hacia el proceso de construcción europea.

 

2.

Así que ahora los pueblos europeos están puestos ante la disyuntiva de votar “si” o “no” a una Constitución que no conocen suficientemente y que no tiene una raiz democratica. Desde luego, hay que decir que la Constitución europea es desde un punto de vista de técnica legislativa demasiado extensa y reglamentadora. Obviamente, eso dificulta su conocimiento y comprensión por el ciudadano común. Pero además hace que varias cuestiones cobren un valor constitucional que no les correspondería, con la consecuencia de que su alteración exigirá la unanimidad de los Estados miembros.

Así que con estas premisas una postura posible es no tomar partido por el “sí” o por el “no”, aceptando los términos antidemocraticos propuestos para esta elección. En efecto, resulta mucho más importante analizar qué puntos son positivos y qué puntos son negativos en la Constitución Europea. Para llegar a eso, importa definir la dirección mental desde donde se hace tal juicio, es decir, cual es nuestra imagen de futuro en lo que hace a la Unión Europea. Esa imagen se traduce en el ideal de conformación de una Nación Humana Universal regida por la libertad, la igualdad de derechos y oportunidades, la no-discriminación y la no-violencia. Desde ese punto de vista, la Unión Europea debería ser un paso hacia esa Nación Humana Universal. Para entender mejor de qué hablamos quando mencionamos a la Nación Humana Universal podríamos evocar el Documento del Movimiento Humanista: “Los humanistas son internacionalistas, aspiran a una nación humana universal. (...) No desean un mundo uniforme sino múltiple: múltiple en las etnias, lenguas y costumbres; múltiple en las localidades, las regiones y las autonomías; múltiple en las ideas y las aspiraciones; múltiple en las creencias, el ateísmo y la religiosidad; múltiple en el trabajo; múltiple en la creatividad.” “Los humanistas no quieren amos; no quieren dirigentes ni jefes, ni se sienten representantes ni jefes de nadie. Los humanistas no quieren un Estado centralizado, ni un Paraestado que lo reemplace. Los humanistas no quieren ejércitos policíacos, ni bandas armadas que los sustituyan. (...)”. Y más adelante, “poner por delante los temas («de una relación justa») del capital y el trabajo, los temas de la democracia real, y los objetivos de la descentralización del aparato estatal, es encaminar la lucha política hacia la creación de un nuevo tipo de sociedad. Una sociedad flexible y en constante cambio, acorde con las necesidades dinámicas de los pueblos hoy por hoy asfixiados por la dependencia.” Por otra parte, explicitando estas afirmaciones, se puede rescatar de la 7ª Carta a Mis Amigos de Silo: “Si en el momento actual el capital se va transfiriendo gradualmente a la banca, si la banca se va adueñando de las empresas, los paises, las regiones y el mundo, la revolución implica la apropiación de la banca de tal manera que ésta cumpla con prestar su servicio sin percibir a cambio intereses que de por sí son usurarios. Si en la constitución de una empresa el capital percibe ganancias y el trabajo salario o sueldo, si en la empresa la gestión y decisión están en manos del capital, la revolución implica que la ganancia se reinvierta, se diversifique o se utilice en la creación de nuevas fuentes de trabajo y que la gestión y decisión sean compartidas por el trabajo y el capital. Si las regiones o provincias de un país están atadas a la decisión central, la revolución implica la desestructuración de ese poder de manera que las entidades regionales conformen una república federativa y que el poder de esas regiones sea igualmente descentralizado a favor de la base comunal desde donde habrá de partir toda representatividad electoral. Si la salud y la educación son tratadas de modo desigual para los habitantes de un país, la revolución implica educación y salud gratuita para todos, porque en definitiva esos son los dos valores máximos de la revolución y ellos deberán reemplazar el paradigma de la sociedad actual dado por la riqueza y el poder. Poniendo todo en función de la salud y la educación, los complejísimos problemas económicos y tecnológicos de la sociedad actual tendrán el enmarque correcto para su tratamiento. Nos parece que procediendo de modo inverso no se llegará a conformar una sociedad con posibilidades evolutivas.” Para completar el enmarque expositivo, podríamos citar también la 1ª Carta a mis Amigos de Silo: “Hoy, minimamente, y por el solo hecho de haber nacido en un medio social, todo ser humano requiere adecuada alimentación, sanidad, vivienda, educación, vestido, servicios... y llegando a cierta edad necesita asegurar su futuro por el tiempo de vida que le quede.” Y finalmente, dos citas de la 9ª Carta: “Hemos destacado algún defecto en la redacción de la Declaración (de los Derechos Humanos), pero aún así debemos convenir en que bastaría con una escrupulosa aplicación de sus artículos, por parte de todos los gobiernos, para que este mundo experimentara un cambio positivo de gran importancia.” Y luego, “La lucha por el establecimiento de una nación humana universal es también la lucha, desde cada cultura, por la vigencia de derechos humanos cada vez más precisos.”

Ante lo expuesto, se ve que será positivo todo lo que se encamine hacia la plena vigencia de los derechos humanos, la democracia real, la justa relación entre los factores de producción, la eliminación de la usura, el progreso económico y social de y para todos, la priorización de la educación y la salud del pueblo, la diversidad personal y cultural. Por el contrario, será negativo todo lo que se oponga a eso o lleve en dirección opuesta.

 

3.

Desde este punto de vista, la Constitución europea es un documento desequilibrado, ya que contiene aspectos negativos y aspectos positivos. De esta forma, es dificil juzgarla globalmente para decirse favorable a ella o no sin caer en cierta contradicción. Si le decimos sí, pactamos con sus aspectos negativos; si le decimos no, descartamos sus aspectos positivos.

 

Y bien, cuales son sus aspectos negativos:

 

En primer lugar, está claro que se trata de una constitución sobre todo económica. El tema económico está hiper-reglamentado y representa dos tercios de sus normas, en defensa del mercado competencial y de la libertad de circulación de capitales y de mercancías. Los problemas que esos objetivos y valores colocan son varios e importantes. Sintetizando al maximo esta cuestión (para mayores desarrollos de estas cuestiones, se puede consultar el aporte de la Secretaría de Economía y Trabajo), podemos decir que tienen sobre todo que ver con la amenaza a la subsistencia de los servicios publicos esenciales por el sometimiento a la competencia y apertura a la privatización, con la independencia del Banco Central Europeo en la conducción de la politica monetaria común, con el trato uniforme de los gastos corrientes y de las inversiones estategicas para efectos de los límites de deficit presupuestario en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, y con la restricción del papel y la intervención del Estado en la economía nacional.

 

Por otra parte, en cuanto a la política de seguridad y defensa común,

- Los países miembros de la UE se verán obligados a aumentar su presupuesto de Defensa e incrementar su capacidad militar y su arsenal (art. 1.40 párrafo 3).

- Habrá un Ejército Europeo y una Agencia de Armas Europea.

- Las intervenciones militares fuera de la UE no se limitan a la defensa frente a un ataque, sino que se podrán hacer bajo pretexto de terrorismo o para mantener la paz tras un conflicto (art. III - 309).

- El ejército europeo podrá intervenir sin mandato de Naciones Unidas.

- La estrecha colaboración con la OTAN involucra a países que ahora no forman parte de ella y dificulta la salida de la OTAN de los que sí.

- Las decisiones sobre el funcionamiento militar las toma el Consejo de Ministros informando al Parlamento, no consultándolo.

- El incremento del gasto militar supondrá un aumento de impuestos o el detrimento del gasto en educación, salud, lucha contra el paro y pobreza, cooperación internacional.

 

Ya en cuanto a la problemática de la inmigración y de la cooperación internacional, ambos temas están desconectados en la Constitución Europea. Además, se consagra una concepción asistencialista de la cooperación internacional y se otorga un conjunto de derechos a los ciudadanos europeos, dejando de fuera a los inmigrantes (estos si son “indocumentados” ni siquiera son contemplados con el derecho a prestaciones sociales). Finalmente, la posibilidad de suspensión de los derechos fundamentales en caso de amenaza terrorista es amplia y sin tutela judicial.

 

Por otro lado, la salud y la educación no son tratadas como prioridades, ya que las referencias a estas dos temáticas son superficiales, omisas en cuanto a su gratuitidad y universalidad, además de remitir para el ámbito interno de cada Estado su implementación, abriendo la puerta a la privatización de esos dos sectores.

 

Finalmente, en cuanto a los temas de ecología y medio ambiente, las secciones que tratan de agricultura y las industrias pesqueras, ambiente, transporte y energía son extremadamente pobres y vagas.

 

Por ultimo, ya en un plan más general, se requiere la unanimidad de los Estados miembros para alterar la Constitución (aunque eso sea una consecuencia logica de la necesidad de unanimidad para aprobarla).

 

En cuanto a aspectos positivos, se puede apuntar, sinteticamente, el contenido del preambulo, la inserción de la Carta de Derechos Fundamentales (cuyo ámbito de aplicación es, no obstante, limitado), la Cláusula de Solidariedad, el Apoyo al Desarrollo de todos los Estados miembros (políticas de cohesión), la Regla de la Mayoría Cualificada, la creación de un Ministro de Relaciones Exteriores y de una política común en ese dominio, los principios de subsidiariedad y de proporcionalidad en la intervención de los órganos europeos, la posibilidad de salida de los paises de la UE.

 

4.

En todo caso, hay que reconocer que no todo en esta Constitución es nuevo. La Constitución recopila basicamente los textos de los Tratados de Roma, Maastricht, Amsterdam y Niza, con algunas adaptaciones, y les añade lo siguiente:

las leyes europeas (no solamente la Constitución) tendrán más valor que las leyes nacionales, incluso que la ley constitucional de cada pais.

Habrá un Presidente del Consejo Europeo y no más presidencias rotativas de cada pais cada seis meses.

También habrá un Ministro de Relaciones Exteriores, que se encargará también de la politica común de seguridad y defensa. Se creará una agencia de armamentos y podrá haber en el futuro un ejercito europeo.

La Comisión Europea no tendrá un miembro por cada pais, pero solamente 15 miembros, incluyendo a su Presidente y el Ministro de Relaciones Exteriores.

Las decisiones del Consejo Europeo y del Consejo de Ministros serán tomadas por una mayoría cualificada, lo que significa que al menos el 51% de los Estados deben aprobarlas, pero también que esta mayoría tiene que representar al menos el 62% de la población de la UE.

La Carta de los Derechos Fundamentales se incluye en la Constitución Europea, permitiendo el recurso al Tribunal de Justicia para su efectivación, cuando aplicable.

 

Teniendo esto en cuenta, también se puede plantear esta cuestión de dos puntos de vista: o bien se mira a la Constitución Europea desde su punto de partida, es decir, a partir de los tratados europeos que rigen hoy a la Unión Europea; o bien se la mira en vacío o en absoluto, o sea, como una pieza totalmente nueva configuradora de una unión política y económica europea. Evaluar si la Constitución Europea representa o no un avance puede variar según el punto de vista que se elija. Ahora bien, hay que convenir que postular un “no” a la Constitución Europea podrá significar no solamente rechazar estos seis puntos nuevos sino también, de alguna manera, rechazar a los tratados antes mencionados, los cuales rigen actualmente la Unión Europea. Así que los defensores del “no” a la Constitución, deberían también aclarar cual es su postura: si defienden la salida de sus paises de la Unión Europea tal como la conocemos hoy, o si más bien entienden que no debe haber una Constitución, a pesar de que son favorables a la Unión Europea.

Ahora bien, considerando solamente estos seis puntos novedosos, hay más aspectos positivos que negativos, a pesar de las disposiciones sobre la defensa común. Así que lo deseable sería un referendum que se hiciera por puntos o temas y no sobre todo el proyecto de la Constitución globalmente. Ese sería un buen ejercicio de democracia real y los humanistas sabrían claramente qué aprobar y qué rechazar, como resulta de los aspectos negativos y positivos enunciados.

 

5.

Nuestra propuesta de referendum sería, por lo tanto, diferente de la que nos hacen ahora. En primer lugar, los referendum deberían ser previos al cierre del proceso de discusión y elaboración de la Constitución. La Unión Europea debería presentar un proyecto de tratado, consultar a los ciudadanos sobre el sentido y el alcance que debería tener en cada capítulo, y luego, según el veredicto popular, redondear el texto de la Constitución. Ejemplificando con los seis puntos novedosos presentados más arriba, se podría formular seis preguntas, para una respuesta de “sí” o “no”:

Concuerda con el primado de todo el derecho europeo sobre el derecho constitucional nacional?

Concuerda con la elección indirecta de un Presidente del Consejo Europeo en substitución de las presidencias rotativas semestrales por paises?

Concuerda con la creación de un ejercito europeo y de una Agencia Europea de Armamentos en el marco de la politica de defensa común?

Concuerda que la Comisión Europea sea compuesta por un maximo de quinze miembros, incluyendo a su Presidente y el Ministro de Relaciones Exteriores, sin el criterio de representación en su seno de todos los Estados-miembros?

Concuerda que las decisiones del Consejo Europeo y del Consejo de Ministros se aprueben por la mitad más uno de los Estados-miembros, representando al menos el 62% de la población europea?

Concuerda con la limitación del ámbito de aplicación de la Carta de Derechos Fundamentales a actuaciones de los órganos de la Unión Europea, y de los gobiernos nacionales cuando estos apliquen el derecho europeo?

 

De acuerdo a las respuestas, la versión final del texto constitucional se acomodaría a las opciones de los ciudadanos. Así que nuestra propuesta va en el sentido de que desde las Secretarías se formulen las preguntas pertinentes para un posible referendum sobre cada una de las temáticas correspondientes. Con eso, podríamos luego desde la Regional Europea definir un posicionamiento que:

pida la realización de un referendum en todos los Estados-miembros;

pida la postergación o anulación de los referendum previstos según el modelo reductor del “si” o “no” a este proyecto de Constitución europea;

formule las preguntas que entendemos ser necesario hacer a los ciudadanos europeos y presente claramente cuales serían nuestras respuestas a cada una de ellas;

exija a los órganos de la Unión Europea y a los gobiernos nacionales el respecto por la voluntad popular y su reflejo en el texto constitucional; y

se manifieste favorable a la adopción de una Constitución para Europa y sente las bases para la futura elaboración de una propuesta humanista completa para ella.

 

Espacio virtual, enero de 2005

Luis Filipe

Marco

Peter

Carlos

Jesús

Isabel

Ruben

Ivona

 

Optamos por mencionar como aspectos negativos solamente los temas expresados en la Constitución Europea con un signo anti-humanista y no lo que no consta en ella pero debería, según el punto de vista humanista. En todo caso, la consulta a los aportes de cada una de las Secretarías Temáticas permite ampliar el punto de vista también a estas otras cuestiones.

En todo caso, nos parece oportuno hacer una pequeña disgresión al respecto: según resulta del Documento del Movimiento Humanista, el capital es un factor de producción al lado del trabajo. De acuerdo a ello, debe obtenerse el máximo rendimiento productivo del capital, descartando la especulación y la usura. Así que frente a la cuestión de la movilidad del capital, los humanistas no planteamos el regreso al proteccionismo económico (salvo en el caso de los servicios publicos esenciales y la producción cultural), al cierre de fronteras o a la prohibición de inversión extranjera, sino que proponemos la penalización de las inversiones de corto plazo (“capitales golondrina”) y la tributación de las plus-valías bursátiles, y propugnamos por una empresa democratica en la que los trabajadores compartan el poder de decisión con los inversores y sus representantes, apuntando a la reinversión de las ganancias en actividades productivas, en el marco de un desarrollo sostenible. O sea, no nos oponemos a la libertad de circulación de capitales entre paises, si estos están orientados al desarrollo social y economico y a la creación de empleo. Por otra parte, nos parece que la prohibición constitucional de restringir la libertad de circulación del capital se refiere más bien a barreras aduaneras, no restringiendo (aún) la soberanía fiscal de los Estados-miembros y, por lo tanto, la posibilidad de que estos cobren los impuestos que les parezcan sobre los rendimientos del capital y sobre las fortunas.

En más de 10 páginas se mencionan solamente dos conceptos claros que compartimos:

- El principio que el contaminador debe pagar.

- La promocion del ahorro del rendimiento energético y de la energía y el desarrollo de formas reanudables de energía.

A estas secciones falta claridad en lo que deberian ser los temas prioritarios:

- La lucha a la contaminación en todas sus formas

- la reducción de emisiones peligrosas

- la reducción de la basura

- protección de los recursos de agua

- incentivo al transporte público

- una agricultura más sostenible (o más biológica)

- salvaguardia de la biodiversidad

- áreas protegidas

En términos históricos, la Unión Europea representa un paso hacia la pacificación y la integración del continente europeo muy positivo. Por otra parte, Europa se configura ahora como una suerte de alternativa al intento imperialista norte-americano. Desde ese punto de vista, el proyecto europeo surge como más atractivo para los distintos paises, ya que en este se comparte el poder de decisión con los nuevos miembros, incluyendolos y dandoles representación politica. Además, hay la percepción de que la Unión Europea proporciona a sus miembros desarrollo económico y social. De hecho, sigue habiendo cada vez más candidatos a adherir a la Unión Europea (exº: Turquía, Ucrania, etc.). La idea de una Constitución Europea puede servir a reforzar la cohesión politica, económica y social de la Unión Europea, ya que se trata de un instrumento claro de regulación de las relaciones entre la Unión Europea y los Estados-miembros, entre la Unión Europea y los ciudadanos europeos (incluyendo a todos los residentes en Europa), y entre los paises. La Constitución Europea podrá ser una referencia para otras partes del mundo, en cuanto modelo de marco juridico de los procesos de regionalización hoy en marcha. Según eso, se puede entender que la adopción de este proyecto de Constitución merece la pena, a pesar de sus imperfecciones, en la medida que representa un avance hacia una mayor integración europea. Esta postura podría sostenerse también en el temor de que no vuelva a haber oportunidad para discutir nuevamente una propuesta de Constitución europea por muchos años, perdiendose así una oportunidad y abriendo paso a tendencias desintegradoras y/o hegemonicas dentro de la Unión Europea.